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Master’s degree general rules (in Spanish)

 

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1 Los programas de Magíster tendrán como objetivo la formación superior a través de estudios de profundización en una o más de las disciplinas de que se trate.

 

Artículo 2 La administración académica de cada programa de Magíster estará a cargo de un Comité de Programa de Postgrado (CPP) constituido por al menos tres profesores y un Director, la generación de los cuales estará regida por las Normas Internas de cada Programa.

El Director dependerá directamente del Decano de la Facultad correspondiente. El Decano podrá delegar en una Vicedecano o en un Director de Departamento esta dependencia.

Los Programas que lo requieran podrán estructurarse en Menciones, en cuyo caso cada Mención será administrada por un Comité, de acuerdo con lo indicado anteriormente.

 

Artículo 3 Corresponderá especialmente al CPP:

a) Evaluar y supervisar la actividad del Programa b) Convocar al proceso de postulación y efectuar la selección de postulantes c) Definir anualmente a los Profesores Regulares del Programa (Artículo 4) d) Ratificar los tutores y profesores guía para los alumnos del Programa e) Supervisar el avance de los alumnos del Programa f) Elaborar la programación académica de cada período y designar a los profesores que dictarán las asignaturas g) Resolver sobre la convalidación de cursos de postgrado h) Nombrar Comisiones y los Coordinadores de éstas para las actividades que correspondan i) Generar un conjunto de Normas Específicas que considere las situaciones particulares de cada Programa.

 

DE LOS PROFESORES DEL PROGRAMA

Artículo 4 Podrán ser Profesores Regulares de los Programas de Magíster los académicos que se encuentren en posesión al menos del grado de Magíster o un grado académico equivalente y que sean investigadores activos o que hayan hecho reconocidos aportes en el área correspondiente. Este criterio será juzgado por el CPP, basado en parámetros nacionales e internacionales. Considerando los mismos criterios, podrá integrar nuevos miembros al cuerpo de Profesores Regulares del Programa. El Decano a solicitud del Comité del Programa, podrá incorporar como Profesores Regulares a profesionales excepcionalmente notables por su excelencia en el área del conocimiento al Programa.

 

DEL INGRESO AL PROGRAMA

Artículo 5 El Programa anualmente abrirá al menos un período de postulación, en fechas que proponga el CPP correspondiente. Este Comité tendrá que resolver dichas postulaciones en un plazo máximo de 15 días después de la fecha límite de postulación, de acuerdo con las Normas Internas correspondientes.

 

Artículo 6 Para postular al Programa de Magíster los interesados deben acreditar estar en posesión del grado de Licenciado o un título profesional que a criterio del CPP corresponda a una formación equivalente a la de un licenciado. Las pautas específicas para la selección de los postulantes serán reguladas a través de las Normas Internas.

 

Artículo 7 El Director del Programa enviará la nómina y antecedentes de los alumnos aceptados al Decano de la Facultad correspondiente, para su conocimiento y para que oficialice su ingreso. Los postulantes aceptados deberán registrar su matrícula dentro del período que se establezca para adquirir la calidad de alumno del Programa.

 

PLAN DE ESTUDIOS

Artículo 8 El plan de estudios y los programas correspondientes deben quedar expuestos en las Normas Internas. En él se podrán considerar, asignaturas, seminarios, actividades prácticas de laboratorio u otras actividades con o sin calificación.

 

Artículo 9 El CPP determinará las asignaturas que deberán dictarse en cada período, tomando en cuenta las necesidades de los candidatos, así como la oferta de cursos por parte de profesores de éste u otros programas de postgrado con los que exista convenio de colaboración.

 

Artículo 10 El calendario de actividades académicas del Programa será fijado anualmente por la Facultad correspondiente y será informada a la Dirección General de Graduados.

 

Artículo 11 La escala de notas para la calificación de las asignaturas será de 1 a 7, siendo la notá mínima de aprobación 4.0. El alumno podrá reprobar como máximo un 20% de los cursos correspondientes a su Plan de Trabajo durante su permanencia en el Programa de Postgrado. Si alguna asignaturas fuese homologada por una aprobada en otro Programa de Postgrado, se hará la equivalencia de la nota a la escala de calificación de este Programa. No obstante, el alumno debe mantener un promedio de notas acumuladas igual o superior a 5.0.

 

TESIS DE MAGISTER

Artículo 12 Una vez aprobada una parte importante de las asignaturas, aspecto que debe ser regulada por las Normas Internas, el alumno presentará su Proyecto de Tesis al CPP para su consideración. Las Normas Internas de cada programa establecerán un criterio para asegurar la calidad, originalidad y grado de avance del Proyecto de Tesis, el alumno, será apoyado por su profesor guía.

 

Artículo 13 Cuando el alumno haya aprobado el total de asignaturas de su Plan de Estudios el Profesor Guía considere finalizada su Tesis, deberá entregarla al CPP quien designará una Comisión para su corrección. Esta Comisión dispondrá de no más de 30 días para emitir un informe con las calificaciones y los cambios sugeridos. El CPP comunicará al alumno y al Profesor Guía el informe de los examinadores. En un plazo no superior a 30 días, el alumno deberá entregar al coordinador de la Comisión los ejemplares de la Tesis corregida, debidamente encuadernados, junto a una carta del Profesor Guía, quien certificará que se realizaron las correcciones recomendadas por la Comisión. La calificación mínima para tener derecho a Examen de Grado será un 4.0 en la escala de 1 a 7.

 

Artículo 14 Una vez en posesión de los ejemplares finales, el CPP fijará la fecha para el Examen de Grado, en lo posible dentro de los próximos 20 días. Se notificará de esto por escrito al candidato, al Profesor Guía y a los miembros de la Comisión. La Comisión deberá reunirse inmediatamente después del Examen para calificar, llenar Actas y firmar los ejemplares de la Tesis. La calificación se hará en la escala de 1 a 7, siendo la nota mínima de aprobación 4.0.

 

GRADUACION

Artículo 15 Los requisitos para la obtención del grado de Magíster son:

a) Haber aprobado el número de créditos, Seminarios y otras exigencias que puedan establecer las Normas Internas. b) Tener un promedio de calificaciones igual o superior a cinco en el conjunto de asignaturas. c) Haber aprobado la Tesis de Magíster y el Examen de Grado.

Artículo 16 El período mínimo de residencia en el Programa es de 1 año y el período máximo estará regulado por las Normas Internas.

 

Artículo 17 La calificación final del alumno en el Programa se obtendrá considerando: 50% de nota de presentación al Examen de Grado (promedio de notas de todas las asignaturas), 25% nota del trabajo de Tesis y 25% nota del Examen de Grado. Esta calificación se expresará de acuerdo a la siguiente relación conceptual:

Calificación Concepto Nota entre 6.4 y 7.0 Aprobado con Distinción Máxima

Nota entre 5.7 y 6.3 Aprobado con Distinción

Nota entre 4.5 y 5.6 Aprobado

 

Artículo 18 Si el candidato obtuviere una calificación 4.5 o superior, el Comité del Programa recomendará al Decano de la Facultad correspondiente solicitar al Rector el otorgamiento del Grado de Magíster en el área que corresponda, de acuerdo con el Artículo 17.

 

Artículo 19 Las Normas Internas de cada Programa regularán todos los detalles no considerados en el presente Reglamento. Estas Normas serán elaboradas por el CPP e informadas a la Dirección General de Graduados y tendrán una vigencia mínima de 1 año.

 

Artículo 20 Toda situación no contemplada en la presente Resolución o en las Normas Internas, será resuelta por el Comité Ejecutivo de Postgrado de la USACH.

 

Artículo 21 Este Reglamento regirá a contar del Segundo Semestre de 1999 para todos los alumnos que ingresen a los Programas de Magíster de la USACH.

 

Artículo Transitorio

Los alumnos ingresados antes del segundo semestre de 1999 podrán solicitar a los respectivos Comités de Programa ser sometidos al nuevo Reglamento General.

ANOTESE, COMUNIQUESE Y REGISTRESE.

VICENTE MARTINEZ ZELADA. Vicerrector de Investigación y Desarrollo.

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.

Saluda a Ud.,

JAIME JIMENEZ CASTRO Secretario General